Extranjería · Reconocimiento de sentencias
Exequátur en España: reconoce tu divorcio o sentencia extranjera
El exequátur es el procedimiento judicial para que una sentencia extranjera, como un divorcio dictado fuera de la Unión Europea, tenga efectos en España: inscribirla en el Registro Civil, volver a casarte o hacer valer la custodia y la pensión. Lo tramitamos online desde cualquier país por 530 € precio cerrado, con abogado, procurador e IVA incluidos.
Abogado, procurador e IVA incluidos, y puedes pagarlo en plazos.
Lo gestionamos online. El poder al procurador se firma en España, en un consulado o ante notario.
Dirección jurídica de Esteban López Leis Ceñal, colegiado 137119 del ICAM.
Qué es el exequátur y cuándo lo necesitas
El exequátur es el reconocimiento judicial de una resolución extranjera, regulado en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil. Una vez concedido, la sentencia produce en España los mismos efectos que en su país y, si contiene una condena, se puede ejecutar aquí. Lo necesitas, sobre todo, para:
- Inscribir tu divorcio en el Registro Civil español.
- Volver a casarte en España.
- Hacer valer aquí la patria potestad, la custodia o la pensión de alimentos.
- Repartir bienes o tramitar una herencia en España.
- Cobrar en España una deuda reconocida en una sentencia.
El tribunal español no vuelve a juzgar el divorcio ni exige que el otro país reconozca las sentencias españolas. Solo comprueba que la resolución cumple los requisitos de la ley.
¿Tu divorcio necesita exequátur? Depende del país
Salvo Dinamarca, no hace falta exequátur: basta el certificado que emite el tribunal o notario de origen (Reglamento 2019/1111).
Latinoamérica, Estados Unidos, Reino Unido o Dinamarca: hay que reconocerlo en España, por exequátur o, solo para inscribirlo, ante el Registro Civil.
El convenio bilateral de 1997 obliga a pasar por el juzgado incluso para inscribir, sin necesidad de legalizar los documentos.
Los divorcios notariales de países como Colombia o Ecuador también se pueden reconocer: varias Audiencias Provinciales lo han admitido.
El Reino Unido dejó de seguir las reglas europeas: un divorcio británico iniciado desde 2021 se reconoce hoy por la vía española, igual que uno de Venezuela, Cuba, Perú, República Dominicana, Argentina o Estados Unidos.
Exequátur o reconocimiento en el Registro Civil: por qué el exequátur es la vía segura
Para un divorcio de fuera de la Unión Europea, la ley prevé también que el Encargado del Registro Civil lo reconozca solo para inscribirlo pero como podrás comprobar en la gran mayoría de registros no lo realizan o te solicitan el exequatur previo para hacerlo. En muchas ocasiones el Registro Civil te solicita sucesivamente distintos documentos y requisitos, pudiendo prolongarse el expediente durante años para terminar exigiendo finalmente la obtención del exequátur. La situación se complica especialmente cuando existen hijos menores, cuando el divorcio no ha sido de mutuo acuerdo o cuando la disolución matrimonial se ha realizado ante notario u otra autoridad extranjera. En estos casos, los Registros no procede al reconocimiento y posterior inscripción y solicita que realices el exequatur .
| Exequátur en el tribunal | Reconocimiento en el Registro Civil | |
|---|---|---|
| Para qué sirve | Para todo: inscribir, casarte, pensiones, bienes y herencias | Solo para inscribir el divorcio y en determinados casos |
| Quién decide | El tribunal, con intervención del Ministerio Fiscal | El Encargado de cada Registro Civil o consulado |
| En la práctica | Procedimiento reglado y con plazos legales | Muchas oficinas no lo admiten o lo deniegan |
| Si sale mal | Recurso de apelación | Queda el exequátur, que hay que iniciar aparte |
Algunos consulados, como los de Buenos Aires o Nueva York, no hacen ese reconocimiento y exigen directamente el exequátur, y otras oficinas lo deniegan si falta cualquier documento. Además, aunque se consiga, no sirve para cobrar una pensión, modificar una custodia ni repartir bienes en España. Por eso el exequátur es la vía que da seguridad: revisamos tu caso y te decimos cuál es el camino adecuado antes de empezar.
Requisitos y documentos para el exequátur
- Sentencia o resolución original, o copia auténtica.
- Apostilla de La Haya o legalización consular (Cuba no aplica la apostilla).
- Prueba de que la resolución es firme.
- Si tu ex no participó, prueba de que fue citado correctamente.
- Traducción, si el documento no está en castellano.
- Poder para el procurador.
El motivo de rechazo más habitual es la rebeldía: si tu ex no compareció en el divorcio, hay que acreditar que se le citó de forma regular y con tiempo suficiente para defenderse. Lo revisamos antes de presentar la demanda. Los divorcios de mutuo acuerdo, en los que firmaron los dos, no tienen ese problema.
Cómo se tramita el exequátur, paso a paso
Revisamos la sentencia y te decimos qué documentos faltan. La primera consulta cuesta 50 € y se descuenta del precio.
Con la documentación completa, preparamos la demanda en menos de una semana y la presentamos con procurador.
El tribunal da traslado a tu ex, que tiene 30 días para oponerse, y al Ministerio Fiscal.
Cuando conseguimos el Auto aceptando de reconocimiento, nosotros normalmente solicitamos que sea el propio juzgado quien se encargue de la inscripción en el Registro Civil. La gran mayoría de los juzgados lo hacen cuando disponen de medios suficientes. De esta forma, el cliente en la mayoría de casos no tiene que desplazarse en ningún momento.
Qué tribunal resuelve el exequátur
Desde la Ley Orgánica 1/2025 ya no existen los Juzgados de Primera Instancia: el exequátur lo resuelve el Tribunal de Instancia y, en divorcios y asuntos de familia, su Sección de Familia. El tribunal concreto depende del domicilio de tu ex o del tuyo, o del lugar donde la sentencia deba tener efectos.
Cuánto cuesta y cuánto tarda un exequátur
En Conext el exequátur cuesta 530 € precio cerrado, con abogado, procurador e IVA incluidos. Puedes pagarlo en tres plazos: 50 € en la primera consulta, 240 € al preparar la demanda y 240 € al presentarla.
| Concepto | Coste |
|---|---|
| Abogado y procurador | Incluidos en los 530 € |
| Tasa judicial | 0 €: las personas físicas están exentas |
| Apostilla o legalización | Se paga en el país de origen |
| Traducción | Solo si el documento no está en castellano |
La ley no fija una duración total. Da 30 días a tu ex para oponerse y 10 días al tribunal para resolver, pero el plazo real depende de la carga de cada tribunal y, sobre todo, de si hay que citar a tu ex en otro país o por edictos. Te damos una estimación cuando vemos tu caso.
Por qué tramitar tu exequátur con Conext Abogados
530 € con abogado, procurador e IVA. Sin costes posteriores del despacho.
Presentamos la demanda en menos de una semana desde que tenemos la documentación.
Hablas con el abogado por teléfono o WhatsApp, con respuesta en menos de 12 horas.
Si además necesitas la nacionalidad o reagrupar a tu familia, también te ayudamos con la nacionalidad española y la reagrupación familiar.
Opiniones de clientes
Reseñas verificadas de Google de clientes del despacho.
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Veronica Castro MerelesTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente servicio muy rápido y fácil les recomiendo ,en 7 meses me concedieron la nacionalidad Española gracias .Publicado en Google![]()
Ronald Enrique Patiño AponteTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy profesional, excelente atención, realizado en tiempo récord. Agradecido con su trabajo. Lo recomendaría al 100% MIL GRACIASPublicado en Google![]()
Carla Andrea AstudilloTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Quedé muy contenta con la atención fue todo muy ágil y en los plazos que me comentó , lo recomiendo de todas manerasPublicado en Google![]()
Sabriska ComandariTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy profesional! Me ayudo con todos los tramites sin problema. Contrataría sus servicios otra vez sin duda.Publicado en Google![]()
Annerys WattsTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy muy agradecida con la gestión y la disposición del tiempo para explicarme todo el proceso del Exequátur. Una persona seria y muy profesional, sin duda alguna lo volvería a elegir para trámites futuros 10/10 calidad, atención, profesionalismo, seriedad !!Publicado en Google![]()
S S BTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Estoy muy agradecida y contenta con el servicio y la gestión de Esteban. Muy profesional y atento, resuelve todas las dudas y consultas con mucha precisión y detalles para que quedes totalmente informada. Está presente durante toda la gestión y su trato es muy cercano cosa que se agradece mucho!!! Sin duda volvería a contratarlo, 100% recomendado!Publicado en Google![]()
Oumaima SamadiTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buen profesional. Me ayudó con todo el proceso de mi nacionalidad, siempre atento y muy profesional. Estoy muy agradecida y lo recomiendo totalmente.Publicado en Google![]()
KAREN LISSETTE VALLEJO GINESTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Buen trato e implicacion desde el día uno, tuve un proceso que estuvo mal asesorado y perdi mucho tiempo, y en menos de 1 año me di de baja del anterior y solicite nuevamente la nacionalidad, con la ayuda de Esteban, y fue aceptada, estoy muy contenta con el trabajo y con toda la ayuda recibida, siempre estuvo para resolver todas las dudas que tenia. TOTALMENTE AGRADECIDA, RECOMENDADO 100%Publicado en Google![]()
Aidyn YaimeTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Estoy muy satisfecha con el trabajo realizado por mi abogado. Me ayudó y acompañó durante todo el proceso de solicitud de la nacionalidad española, y finalmente la resolución llegó mucho más rápido de lo esperado. Profesional, atento y muy eficaz. Sin duda, recomiendo sus servicios!!Publicado en Google![]()
Jhon F. F.Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Excelente Gestión, Estoy 100% agradecido por su gestión, Total seguimiento del caso, se siente uno representando por alguien cercano, que te explica bien el procedimiento. Gracias. 10 de 10.
Quién revisa tu sentencia

Colegiado 137119 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Abogado titular del despacho, dedicado a Extranjería y Derecho Bancario.
En el exequátur casi todo se decide en los papeles: una sentencia sin firmeza acreditada o una citación mal probada basta para que lo denieguen. Por eso reviso la documentación antes de presentar la demanda y te digo con claridad qué falta.
Preguntas frecuentes
¿Un divorcio de otro país de la Unión Europea necesita exequátur?
No, salvo que sea de Dinamarca. Se reconoce sin procedimiento: basta presentar la resolución con el certificado que expide el tribunal o notario de origen, y no hace falta apostilla.
¿Tengo que viajar a España para hacer el exequátur?
No. Todo se gestiona online. El poder para el procurador puede otorgarse en España de forma gratuita, ante un consulado español o ante un notario de tu país con apostilla.
¿Hace falta que mi ex esté de acuerdo?
No. Tu ex es la parte demandada: puede oponerse solo si considera que la documentación que se pretende reconocer es falsa. No puede oponerse al contenido del divorcio. Aunque se opusiera, el tribunal resuelve igualmente.
¿Y si no sé dónde vive mi ex?
El tribunal intenta averiguar su domicilio y, si no lo encuentra, lo cita por edictos. Es distinto el caso en que tu ex no fue citado en el divorcio original: ahí hay que probar que se le notificó correctamente.
¿Necesito exequátur para volver a casarme en España?
Hay que acreditar que el matrimonio anterior está disuelto con efectos en España. Si ese matrimonio consta en un Registro Civil español, tendrás que inscribir el divorcio. Si erais extranjeros y nunca se inscribió aquí, depende del caso; lo revisamos.
¿Necesito exequátur para la nacionalidad española?
Ninguna norma lo exige para solicitarla. Pero, una vez seas español, para inscribir tu divorcio o casarte en España necesitarás que esté reconocido. También es muy habitual que el Ministerio de Justicia solicite realizar el exequatur de la sentencia de patria potestad para poder presentar la nacionalidad para tu hijo menor de edad.
¿Necesito traducción jurada?
Si la sentencia está en castellano, no hace falta traducción. Si no lo está, en el tribunal se admite una traducción simple salvo que se impugne; el Registro Civil, en cambio, pide traducción oficial.
¿Puedo cambiar en España la custodia o la pensión fijadas en el extranjero?
Sí. Una vez reconocidas, las medidas se pueden modificar en España si los tribunales españoles son competentes, por ejemplo porque los hijos viven aquí.
¿Mi sentencia es demasiado antigua para el exequátur?
No. El reconocimiento no tiene plazo, sea cual sea la fecha de la sentencia. Lo que sí tiene plazo es ejecutar en España una condena de pago, como pensiones atrasadas.
¿Necesitas que tu sentencia valga en España?
Envíanos tu sentencia y te decimos qué vía necesitas, qué documentos faltan y cuándo podemos presentar la demanda.