
RECURSO POR DENEGACIÓN DE ASILO
Como seguir residiendo y trabajando legalmente en España tras la denegación del asilo. Cuenta con abogados especializados en recurso por denegación de asilo.
RECURSO FRENTE A LA DENEGACIÓN DEL ASILO
El derecho de asilo es un derecho fundamental para quienes huyen de la persecución, la guerra o violaciones graves de derechos humanos. Sin embargo, en muchos casos, las solitudes de asilo son denegadas, lo que deja a los solicitantes en una situación de vulnerabilidad e incertidumbre. Si has recibido una resolución que acuerda denegar de derecho de asilo solicitado, así como, la protección subsidiaria como esta:

Entonces, lamentablemente, han denegado tu solitud de asilo.
QUÉ HACER ANTE LA DENEGACIÓN DE ASILO. COMO SEGUIR TRABAJANDO Y RESIDIENDO LEGALMENTE.
Si te han denegado el asilo en España, es esencial que conozcas las opciones legales disponibles para impugnar esta decisión y así conservar tu autorización de residencia y trabajo. Para conservar tu autorización de residencia y trabajo y continuar de forma regular en España lo que tienes que hacer es presentar el correspondiente recurso ante la denegación de asilo.
Si se interpone un recurso frente a la resolución de denegación del asilo se suspenden los efectos de la resolución denegatoria, es decir, se mantiene tu autorización de residencia y trabajo hasta que se resuelva el recurso.
Se pueden presentar dos recursos posibles frente a la denegación del asilo:
- Recurso de reposición
- Recurso contencioso administrativo
RECURSO DE REPOSICIÓN POR DENEGACIÓN DE ASILO.
El recurso de reposición es el primer mecanismo legal que tienes a tu disposición tras la denegación de tu solicitud de asilo. Este recurso, que debe presentarse en el plazo de un mes desde la notificación de la denegación permite que la misma autoridad que rechazó la solicitud reconsidere su decisión.
El plazo legal que la administración tiene para resolver el recurso de reposición es de un mes desde la presentación del mismo. Conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria si la administración no resuelve en ese plazo se considera que el recurso ha sido desestimado por silencio administrativo negativo. Sin embargo, conforme a la jurisprudencia y a la normativa de la unión europea hasta que el ministerio de interior no resuelva de forma expresa el recurso el recurrente tendrá derechos y obligaciones similares a los que tenía como solicitante, es decir, a grandes rasgos, mantendrá la vigencia de su autorización de residencia y trabajo.
Así viene contemplado en el artículo 46.5 de la Directiva Europea de Protección Internacional de 2013:
“los Estados miembros permitirán que los solicitantes permanezcan en el territorio hasta que haya expirado el plazo dentro del cual pueden ejercer su derecho a un recurso efectivo y, cuando se haya ejercitado ese derecho dentro del plazo, en espera del resultado del recurso.”
Para poder mantener la vigencia de la autorización de residencia y trabajo se debe solicitar de forma expresa la suspensión de los efectos de la resolución denegatoria en el recurso de reposición por denegación de asilo.
COMO OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTO PRESUNTO. PRUEBA DE QUE SIGUE VIGENTE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO DEL ASILO MIENTRAS SE RESUELVE EL RECURSO DE REPOSICIÓN.
Conforme a nuestra experiencia, sucede habitualmente que la administración no contesta en el plazo de un mes al recurso de reposición. Esto implica que la persona interesada mantiene la vigencia de autorización de residencia y trabajo hasta que la administración responde expresamente al recurso. A menudo la administración tarda más de un años en resolver expresamente.
Si durante este tiempo la persona recurrente intenta realizar algún trámite administrativo con la Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico (DGT) como, por ejemplo, el canje del carnet de conducir le van a requerir un documento que pruebe que sigue teniendo vigente la autorización de residencia y trabajo del asilo. Este documento es el certificado acreditativo de la suspensión por silencio también llamado, certificado de acto presunto.
Dicho certificado se debe solicitar mediante solicitud dirigida a la Dirección General de Protección Internacional – Oficina de Asilo y Refugio o de manera electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Interior.
La administración esta tardando en aportar el certificado de acto presunto un mes aproximadamente.
EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR DENEGACIÓN DE ASILO.
Si el recurso de reposición también es rechazado y quieres seguir residiendo y trabajando legalmente en España tras la denegación del asilo debes presentar un recurso contencioso-administrativo.
Al igual que sucede cuando se interpone el recurso de reposición, hasta que se resuelva por el tribunal de forma expresa el recurso el recurrente tendrá derechos y obligaciones similares a los que tenía como solicitante de asilo , es decir, a grandes rasgos, mantendrá la vigencia de su autorización de residencia y trabajo.
Es de gran importancia solicitar de forma expresa en el recurso la suspensión de los efectos de la resolución denegatoria con el consecuente mantenimiento de la vigencia de la autorización de residencia y trabajo. Así, el recurrente podrá seguir trabajando y residiendo legalmente en España mientras se resuelve el recurso.
Este recurso es una vía judicial donde un tribunal independiente revisa la legalidad de la decisión administrativa de denegar el asilo. A diferencia del recurso de reposición, en el contencioso-administrativo es obligatorio contar con un abogado y un procurador, quienes se encargarán de presentar la demanda y defender tus derechos ante el tribunal.
El plazo para presentar el recurso contencioso administrativo será de dos meses desde la resolución de denegación del asilo o desde que se desestima el recurso de reposición.
En Conext Abogados, hemos representado a numerosos solicitantes de asilo en este tipo de procedimientos, logrando en muchos casos la revocación de decisiones desfavorables. Entendemos la importancia de un asesoramiento legal sólido en estos momentos críticos y estamos comprometidos a proporcionar la mejor defensa posible.
¿QUÉ HACER SI DENIEGAN EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO? ALTERNATIVAS LEGALES
En ocasiones, a pesar de todos los esfuerzos, tanto el recurso de reposición como el contencioso-administrativo pueden resultar en una confirmación de la denegación de asilo. En estos casos, es fundamental no perder la esperanza, ya que existen otras vías legales para regularizar tu situación en España. Una de las alternativas más viables es el arraigo, un procedimiento que permite obtener un permiso de residencia y trabajo si cumples ciertos requisitos.
El arraigo social, por ejemplo, es una opción disponible si puedes demostrar que has vivido en España de manera continuada durante al menos tres años, que tienes vínculos familiares o una oferta de trabajo, y que estás integrado en la sociedad española. Este procedimiento es independiente de la solicitud de asilo y puede ser una solución efectiva para quienes enfrentan una denegación.
¿PUEDO SOLICITAR ARRAIGO SI ME DENIEGAN EL ASILO?
Una pregunta frecuente entre quienes han recibido una denegación de asilo es si pueden optar por el arraigo. La respuesta es sí. Si te han denegado el asilo, aún puedes solicitar el arraigo, siempre que cumplas con los requisitos legales. Esta es una alternativa crucial para aquellos que desean permanecer en España de manera regular, especialmente si han creado lazos significativos en el país o si tienen una oferta de empleo.
El proceso para solicitar el arraigo puede ser complejo y requiere una cuidadosa preparación de la documentación. Nuestros abogados están especializados en guiar a nuestros clientes a través de este procedimiento, asegurándonos de que cada detalle esté en orden para maximizar las posibilidades de éxito.